domingo, 22 de febrero de 2009

Accionistas minoritarios de Endesa



La operación realizada el viernes 20 de febrero de 2009, por la que Acciona vende el 25% de su participación en Endesa a Enel, supone un cambio en el control efectivo de la sociedad española cotizada en bolsa Endesa. Con esta operación la empresa italiana, pasa a tener efectivamente el control, y se constituye como único accionista de referencia, control que antes de este acuerdo compartía al 50 % con Acciona, de acuerdo con los conocidos pactos parasociales, de los que la CNMV tuvo información detallada, cuando se lanzó la OPA. Por este motivo y al existir este claro cambio del control de ENDESA y de acuerdo con lo estipulado a este efecto en la vigente ley del Mercado de Valores y, la CNMV debe obligar a ENEL a lanzar una OPA por el resto de las acciones que están en manos de accionistas minoritarios y salvaguardar los derechos de éstos a un trato igualitario.

DE LAS OFERTAS PÚBLICAS DE ADQUISICIÓN.
Artículo 60. Oferta pública de adquisición obligatoria.
1. Quedará obligado a formular una oferta pública de adquisición por la totalidad de las acciones u otros valores que directa o indirectamente puedan dar derecho a su suscripción o adquisición y dirigida a todos sus titulares a un precio equitativo quien alcance el control de una sociedad cotizada, ya lo consiga:
Mediante la adquisición de acciones u otros valores que confieran, directa o indirectamente, el derecho a la suscripción o adquisición de acciones con derechos de voto en dicha sociedad;
Mediante pactos parasociales con otros titulares de valores; o
Como consecuencia de los demás supuestos de naturaleza análoga que reglamentariamente se establezcan.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l6-2007.html#a8
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l24-1988.t4.html#a60

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